Ciudad de México (30 de septiembre de 2026).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó el 29 de septiembre de 2026 al Congreso de Chihuahua legislar para blindar las elecciones estatales de la injerencia extranjera. El Pleno resolvió por unanimidad que el Congreso local omitió incorporar en su reforma electoral del 30 de junio la causal de nulidad prevista en la Constitución federal cuando esa intervención influya en los resultados.
La resolución deriva de un proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, que resolvió cuatro acciones de inconstitucionalidad promovidas contra la reforma a la Constitución de Chihuahua, la Ley Electoral y el Código Municipal. La adecuación que realice el Congreso no podrá aplicarse al proceso electoral que inicia el 1 de octubre de 2026, sino hasta el siguiente, porque las modificaciones fundamentales deben publicarse al menos 90 días antes del inicio del proceso.
La Corte también declaró omisión legislativa en materia de nepotismo electoral. Invalidó disposiciones que permitían sancionar a aspirantes, precandidatos y candidatos por haberse beneficiado de actos delictivos o nexos con el crimen organizado cometidos por terceros, sin acreditar su responsabilidad. Consideró que vulneraban los principios de culpabilidad, presunción de inocencia y legalidad.
Mantuvo las sanciones cuando esas conductas sean realizadas directamente por la persona. Invalidó la pérdida automática del derecho a ser registrado como candidato. Validó la causal de nulidad por actos de delincuencia permanente o sistemática que incidan en el proceso, siempre que sean graves, dolosos y determinantes. También respaldó el requisito de separación del cargo para ciertos servidores públicos que busquen la gubernatura.

Discussion about this post