El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) absolvió este viernes al exfutbolista brasileño Dani Alves, revocando la condena de cuatro años y medio de prisión que había recibido por el delito de agresión sexual. La decisión se basó en la falta de pruebas suficientes y en la falta de fiabilidad del testimonio de la denunciante.
La sala civil y penal del TSJC resolvió por unanimidad aceptar el recurso de la defensa de Alves, considerando que la sentencia de la Audiencia de Barcelona presentó “vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones”. Aunque la decisión puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, Alves queda absuelto por ahora.
El exjugador permaneció en prisión preventiva durante 14 meses, hasta que obtuvo libertad provisional en marzo de 2024 tras pagar una fianza de un millón de euros. En ese momento, enfrentaba una condena por hechos ocurridos en diciembre de 2022 en una discoteca de Barcelona.
El TSJC señaló que el relato de la joven denunciante no coincide con lo observado en las cámaras de seguridad de la discoteca, que mostraban a ambos compartiendo una bebida y bailando momentos antes del encuentro en el baño.
El tribunal cuestionó que la Audiencia diera validez al testimonio de la denunciante, a pesar de haber identificado contradicciones y de no haber contrastado su versión con otras pruebas como análisis de ADN y huellas dactilares.
En su resolución, el TSJC enfatizó que no se cumplió con los requisitos mínimos para superar la presunción de inocencia. También recordó que, según la doctrina constitucional, las sentencias condenatorias deben tener un alto nivel de justificación.
Finalmente, el tribunal sostuvo que el fallo anterior confundió credibilidad con fiabilidad y criticó que se basara en una “creencia subjetiva” sin respaldo probatorio.
“La invocación genérica a que se puede cambiar de opinión no convierte ni muta lo infiable en fiable”, concluye la sentencia.
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