Con 34 votos a favor, legisladores locales aprueban reforma al Código Penal para el Estado de Tamaulipas y que tiene como finalidad excluir del tipo penal, el supuesto de que los hombres pueden ser víctimas de violencia vicaria, en virtud de que la esencia de esta norma es dirigida a salvaguardar la integridad de las mujeres.
La acción legislativa promovida por la diputada local, Magaly Deandar Robinson, establece que dentro de los tipos de violencia que han sido reconocidos en los últimos años por el marco jurídico latinoamericano, se encuentra la violencia vicaria, concepto acuñado y definido en Argentina en el año 2012 por las Psicóloga clínica y perita judicial Sonia Vaccaro, experta en victimología y violencia contra las mujeres, la cual define este concepto como aquella violencia que se ejerce sobre los hijos, hijas o personas cercanas a una mujer, con el fin de causarle daño emocional o psicológico, puntualizando en que el agresor utiliza indirectamente a terceros para perpetuar un control o castigo, manipulando así los vínculos afectivos.
Se hace alusión de lo anterior, toda vez que la acción legislativa, tiene como propósito reformar el Código Penal del Estado de Tamaulipas, con la finalidad de excluir al hombre como sujeto pasivo del delito de violencia vicaria, toda vez que este tipo penal está orientado exclusivamente a salvaguardar los derechos e integridad de las mujeres.
Al respecto, es de señalar que la violencia vicaria es aquella violencia que se ejerce sobre las hijas e hijos, ascendientes y círculos afectivos de una mujer para herirla, afectarla o causarle algún trauma psicológico, es decir, generar el daño se hace a través de causar un mal a terceros, pues el maltratador sabe que dañar, maltratar, golpear, amenazar, o ejercer alguna otra manifestación de violencia en contra de quienes ella tiene sentimientos de amor, afecto o estimación, es una forma eficiente de maltratarla.
Para ello, fueron remitidas las opiniones de la Fiscalía General de Justicia del Estado, así como del Poder Judicial de Tamaulipas, instituciones que coinciden en que esta propuesta legislativa se encuentra alineada con los principios de protección hacia las mujeres y la atención integral a las víctimas secundarias, como lo son niñas, niños y adolescentes, y su interés superior, por lo que consideran viable la exclusión del hombre como sujeto pasivo del delito, garantizando un marco jurídico preciso y claro para salvaguardar los derechos de las mujeres.
Se concluye que la presente propuesta es congruente con el objetivo de reconocer y sancionar la violencia vicaria como una forma específica de violencia de género hacia la mujer, contribuyendo así al fortalecimiento de las políticas públicas orientadas a garantizar una vida libre de violencia para las mujeres, en atención a los principios de igualdad, no discriminación y al derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.
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