CD. DE MEXICO, 1 DE FEBRERO DE 2024.- El voto de calidad que aplicó el ministro presidente de la Segunda Sala, Alberto Pérez Dayán, en la resolución de amparo en revisión con la que se congeló la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), se realizó en cumplimiento a la Ley de Amparo, informó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El órgano autónomo explicó que la medida se derivó luego de que, por mayoría, se aprobó que el ministró Javier Laynez Potisek se excusara de votar, ante una solicitud de impedimento que presentó la Secretaría de Energía (Sener).
“Así sucedió, ya que el ministro Laynez Potisek se excusó de conocer de este asunto, toda vez que participar en su discusión retrasaría su resolución, derivado de una solicitud de impedimento que presentó el día anterior la Secretaría de Energía del Gobierno Federal (Sener), para que el ministro no conociera de este y otro amparo en revisión similar”, detalló la SCJN, en una tarjeta informativa.
Al momento de votar el proyecto del amparo, elaborado por el ministro Pérez Dayán, a favor lo hicieron él y su colega, Luis María Aguilar Morales, y en contra lo hicieron las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama.
La SCJN citó el contenido del artículo 56 de la Ley de Amparo, en el que se establece el voto de calidad de quien preside la Sala, para resolver esta situación.
“Cuando uno de los ministros se manifieste impedido en asuntos del conocimiento del pleno o sala, los restantes calificarán la excusa. Si la admiten, éstos continuarán en el conocimiento del asunto; en caso de empate, quien presida tendrá voto de calidad”, se establece en la norma.
El órgano autónomo agregó que el ministro Laynez se excusó para no prolongar más la discusión de los amparos promovidos por empresas afectadas por la LIE.
“Las razones que sostuvo el ministro Laynez estuvieron encaminadas a evitar un nuevo retraso en la resolución del caso, ya que con anterioridad la misma autoridad había presentado diversas solicitudes de impedimento, y no así por las razones señaladas por la Sener en la solicitud referida”, se explicó.
La Corte indicó que una situación similar ocurrió en la votación del 29 de junio de 2022, cuando se resolvió el amparo directo en revisión 5102/2021, en donde se declaró impedido el ministro Aguilar Morales.
En esa ocasión, la ministra Esquivel Mossa aplicó su voto de calidad, como presidenta de la Sala, y en esta ocasión impugnó el mismo recurso que aplicó el ministro Pérez Dayán.
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