CD. DE MEXICO, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2021.- El Senado de la República, aprobó por unanimidad el dictamen para prevenir la muerte súbita cardiovascular y garantizar a la ciudadanía espacios públicos y privados cardio
protegidos, a través del equipamiento y colocación de desfibriladores automáticos externos en
lugares estratégicos de alta concentración poblacional.
El dictamen promovido por el senador tamaulipeco Américo Villarreal Anaya, presidente de la
Comisión de Salud en el Senado, es una reforma a la Ley General de Salud, para que la
Federación regule la colocación de desfibriladores en espacios públicos y privados, centros de
trabajo, culturales, deportivos, instituciones educativas o académicas, centros recreativos,
terminarles de transporte aéreas y marítimas, así como aquellos que por la naturaleza de su
actividad representen riesgos cardiovasculares, y que cuenten con flujos de más de 500 o 250
personas.
El senador Américo Villarreal Anaya con especialidad en cardiología, planteó detalladamente
ante pleno del senado el gran problema de salud pública que representan para México las
enfermedades del corazón, al estar consideradas entre las principales causas de muerte y que
tan sólo en el 2018 provocó 146 mil 923 decesos, por lo que llamó a tomar medidas para
prevenirlas y atenderlas.
En este sentido, sostuvo que es urgente contar con medidas que salvaguarden la vida y la salud
de la población y para ello, es necesario que, a partir de ahora en cada uno de los edificios de
atención pública, personal de protección civil y también dentro de las instituciones privadas
cuenten con el equipo de desfibrilación automática externa y el fomento de programas educativos
para su uso.
“Tomemos en consideración que el 70% de los ataques cardiacos no ocurren en clínicas u
hospitales, sino en casas o espacios públicos como teatros, estadios, calles, transporte público,
parques, etc. donde el paciente tiene alta probabilidad de perder la vida por no recibir ayuda
oportuna”, agregó.
Un desfibrilador es un dispositivo médico que identifica el ritmo cardiaco y puede estimularlo si
es necesario, pero además realiza una descarga eléctrica y revierte una arritmia maligna en caso
de ser necesario.
Refirió que el paro cardiaco súbito debe tratarse oportunamente y de no hacerlo, puede provocar
la muerte a la persona en pocos minutos. Si la persona está en riesgo de sufrir un ataque
cardiaco, un desfibrilador, podría salvarle la vida y en su caso permitir que llegasen los
paramédicos y/o los servicios de emergencia.
Detalló Américo Villarreal que la legislación secundaria en materia de salud tiene la obligación
de implementar regulaciones que establezcan políticas públicas que deriven programas y
acciones estratégicas que atiendan las urgencias médicas, y por ende la prevención, atención y
disminución de las muertes ocasionadas por los paros súbitos cardiacos

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