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Multa IETAM con 44 mil 810 pesos a Adrián Oseguera alcalde electo de Madero

Por: Víctor Terrazas
junio 18, 2021
in Local
Multa IETAM con 44 mil 810 pesos a Adrián Oseguera alcalde electo de Madero

En sesión no presencial, el Consejo General del IETAM sancionó a varios candidatos a alcaldes y diputados locales, a uno con multa de más de 44 mil pesos y a otros solo amonestaciones públicas.

CD. VICTORIA, TAMAULIPAS, 18 DE JUNIO DE 2021.- En la sesión extraordinaria No. 45, celebrada la tarde del viernes 18 de junio, las y los integrantes del Consejo General del IETAM, aprobaron por unanimidad de votos diez
resoluciones.

En el expediente PSE-59/2021, relativo a la denuncia interpuesta por el Partido Acción Nacional en contra del C. Adrián Oseguera Kernion, las y los consejeros electorales resolvieron como inexistente la infracción consistente en uso indebido de recursos públicos; sin embargo, resolvieron como existente la promoción personalizada y por lo tanto se le impuso una multa por la cantidad equivalente a quinientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, 44 mil 810 pesos, cuyo monto deberá pagarse en un plazo no mayor a los 15 días siguientes a que cauce firmeza la respectiva resolución.

Respecto al expediente PSE-73/2021, relativo a la denuncia interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional, en contra del C. Mario Alberto López Hernández, candidato al cargo de Presidente Municipal en Matamoros, Tamaulipas, por la supuesta colocación de propaganda electoral en elementos del equipamiento urbano; así como en contra del partido político morena, por culpa in vigilando, este fue resuelto como inexistente.

En otro punto del orden del día, respecto a la denuncia interpuesta en el expediente PSE74/2021 interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional, en contra de la C. Gloria Ivett Bermea Vázquez, candidata al cargo de Presidenta Municipal de Matamoros, Tamaulipas, por la supuesta colocación de propaganda político-electoral en elementos del equipamiento urbano; así como en contra del Partido Acción Nacional, por culpa in vigilando, estas fueron declaradas como inexistentes.

En el expediente PSE-78/2021, referente a la denuncia interpuesta por el Partido Político morena, en contra del C. Jesús Ma. Moreno Ibarra, candidato al cargo de Presidente Municipal de Reynosa, Tamaulipas, por hechos que considera constitutivos de la infracción consistente en actos anticipados de campaña, se resolvió como inexistente.

En los expedientes PSE-80/2021 y PSE-102/2021, acumulados, relativos a las denuncias interpuestas por el Partido Revolucionario Institucional, en contra de la C. María del Pilar Gómez Leal, otrora candidata a la Presidencia Municipal de Ciudad Victoria, por la supuesta comisión de hechos que contravienen lo establecido en el artículo 246 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, se determinó como inexistente; sin embargo, por
cuanto hace al Partido Acción Nacional, por culpa in vigilando, se determinó como existente, por lo que se impone una amonestación pública, la cual podría aumentar en caso de reincidencia, y por tanto, se inscribe a dicho partido, como sujetos sancionados ante el Instituto.

Por otra parte, en el expediente PSE-84/2021, relativo a la denuncia interpuesta por el partido político morena, en contra del C. Oscar Enrique Rivas Cuellar, candidato al cargo de diputado local por el principio de mayoría relativa, por el Distrito Electoral 01, con cabecera en Nuevo Laredo, Tamaulipas, esta fue resuelta como existente y por lo tanto, se le impone una amonestación pública y es catalogado como sujeto sancionado por el Instituto, por la colocación de propaganda en elementos del equipamiento urbano; de igual manera, se determinó como inexistente en contra del Partido Acción Nacional, por culpa in vigilando.

Otro de los expedientes que se resolvieron por unanimidad de votos de las y los Consejeros Electorales, es el PSE-88/2021, relativo a la denuncia interpuesta por el Partido Acción Nacional, en contra de la C. Carmen Lilia Canturosas Villarreal, candidata al cargo de Presidenta Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, esta fue declarada como inexistente por la supuesta comisión de actos que contravienen lo dispuesto en el
artículo 209, párrafo 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Por su parte, el Partido Acción Nacional, dentro del expediente PSE-91/2021, presentó denuncia en contra de la C. Samantha Khiabett Rodríguez Cantú, candidata al cargo de Diputada Local por el principio de mayoría relativa para el Distrito 02, con cabecera en Nuevo Laredo, Tamaulipas, esta fue resuelta como existente, por lo que se impuso una amonestación pública que podría aumentar en caso de reincidencia, por lo que la
inculpada queda inscrita en el catálogo de sujetos sancionados por el Instituto. En tanto, la denuncia presentada en contra de los partidos políticos morena y del Trabajo por culpa in vigilando, esta quedó descartada.

En el expediente del PSE-101/2021, relativo a la denuncia interpuesta por el Partido  Acción Nacional en contra del C. Crescenciano Almazán Salazar, empleado del Ayuntamiento de Abasolo, Tamaulipas, por la supuesta comisión de la infracción consistente en uso indebido de recursos públicos, esta fue resuelta como inexistente.

Finalmente y en el último punto del orden del día, las y los Consejeros Electorales resolvieron como inexistente el expediente PSE-110/2021, relativo a la denuncia interpuesta por el Partido Movimiento Ciudadano, en contra del C. Alejandro García Barrientos, en su calidad de candidato al cargo de Presidente Municipal de Aldama,Tamaulipas, por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña.

Para conocimiento de la ciudadanía y en atención al Principio de Máxima Publicidad, cada una de las diez resoluciones aprobadas por las y los integrantes del Consejo General, se pueden encontrar en la siguiente liga:
https://www.ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2021&idTdo c=4

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