Los gobiernos de Estados Unidos e Irán oficializaron un acuerdo diplomático orientado a finalizar el conflicto armado bilateral y habilitar de manera inmediata el tránsito comercial en el estratégico estrecho de Ormuz, tras un periodo de hostilidades que generó perturbaciones en los mercados petroleros internacionales.
De acuerdo con los reportes oficiales emitidos por el gobierno de Pakistán, nación que se desempeñó como instancia mediadora entre Washington y Teherán, el instrumento jurídico correspondiente se formalizará el próximo viernes 19 de junio en Suiza mediante la suscripción de un memorando de entendimiento.
El pacto bilateral busca establecer el cese de las operaciones bélicas que iniciaron el pasado 28 de febrero, derivadas de un despliegue operativo en la región que alteró la estructura de mando en la República Islámica y provocó el cierre de la citada vía marítima, por donde circula el 20 por ciento del crudo global.
A través de las plataformas institucionales de comunicación, la administración estadounidense confirmó que los términos del acuerdo contemplan la reapertura del estrecho de Ormuz a cambio del levantamiento simultáneo del bloqueo naval que las fuerzas norteamericanas mantenían operativo desde el pasado mes de abril.
Por su parte, el primer ministro paquistaní, Shehbaz Sharif, detalló que, posterior a la firma del documento, se instalarán las mesas de trabajo técnicas para la implementación de los acuerdos, los cuales estipulan la terminación permanente de las acciones militares en todos los frentes de la región, incluyendo las zonas de conflicto en Líbano.
Asimismo, la Secretaría del Consejo Supremo de Seguridad Nacional de Irán y el vicecanciller Ali Gharaibabadi confirmaron que el texto del memorando se encuentra debidamente complementado para su próxima publicación, aunque advirtieron que la efectividad del tratado estará sujeta al cumplimiento estricto de las cláusulas por ambas partes.
Finalmente, los organismos de análisis internacional señalaron que persisten bajo revisión técnica los apartados específicos relativos al destino del programa de desarrollo nuclear iraní, así como los esquemas de sanciones económicas y la situación de los fondos financieros internacionales que permanecen sujetos a los dictámenes de las autoridades bancarias de Washington.

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