Ciudad de México (15 de mayo de 2026).- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó, con una mayoría de siete votos contra dos, el recurso de reclamación interpuesto por la compañía Juegos del Bajío. Con esta resolución, el máximo tribunal abre la puerta para votar si atrae o no el caso relacionado con un crédito fiscal que asciende a 4 mil 306 millones de pesos.
Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa manifestó su rechazo a la admisión de la Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción (SEFA) 640/2025. Esquivel sostuvo que el tema ya había sido tratado por la desaparecida Segunda Sala en marzo de 2025, donde se determinó que la competencia correspondía a un Tribunal Colegiado y no a la Corte.
Posturas encontradas sobre la seguridad jurídica
La ministra Esquivel calificó como una irregularidad procesal el hecho de que se intente someter a juicio nuevamente a una entidad que ya cuenta con una sentencia favorable en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. En su argumentación, subrayó que insistir en la atracción vulnera la estabilidad de las sentencias firmes.
“Aquí ya (hay) una resolución de la Segunda Sala en la que se determinó que el asunto no se atrajera, en eso, en los precedentes, no había la figura de cosa juzgada que sí se da en este caso como se presenta. No se puede acosar a una empresa por el hecho de que tengan una resolución que le favoreció en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. () No podemos adelantarnos ni estigmatizar a una empresa que trae una resolución a su favor trayéndola dos veces aquí a la Suprema Corte”, dijo Esquivel.
Por otro lado, la ministra Loretta Ortiz presentó el proyecto de resolución donde se planteó descartar la queja de la empresa de casinos. La propuesta se basó en que el simple trámite de admisión para analizar una atracción no transgrede derechos sustantivos del particular.
El argumento de la facultad de atracción
La ministra Lenia Batres Guadarrama, quien impulsó la nueva solicitud de atracción, defendió la legalidad del procedimiento. Batres argumentó que la normativa interna del tribunal permite poner a consideración un mismo tema para su atracción en diversas ocasiones, sin que esto implique juzgar el fondo del conflicto económico.
“Su servidora efectivamente ha solicitado en más de una ocasión, más de un asunto, su atracción, porque nuestro reglamento permite la votación de en cualquier número de veces de un mismo asunto, la atracción en realidad no resuelve el asunto ni en su forma ni en su fondo y por eso es que se permite que esta Corte pueda discutir más de una vez la atracción de un mismo asunto, en ese sentido, no se puede considerar, de ninguna manera, cosa juzgada”, dijo.
Pese a los votos en contra de Esquivel y del ministro Arístides Guerrero, la decisión mayoritaria del Pleno mantiene vigente la posibilidad de que la Corte atraiga formalmente el expediente para su resolución definitiva.
Antecedentes del litigio
En 2025, un intento previo por atraer este mismo crédito fiscal resultó fallido. Sin embargo, la actual conformación del Pleno deberá determinar si los argumentos presentados justifican que la SCJN ejerza su facultad especial sobre este adeudo de más de 4 mil millones de pesos. Esquivel reiteró que esta insistencia afecta el derecho de la recurrente:
“Ni siquiera podríamos pensar que se trata de una nueva solicitud de ejercicio de la facultad de atracción, pues quien hizo suya la primera petición, sin éxito, fue la Ministra Lenia Batres Guadarrama y quien ahora, nuevamente, también hace suya la solicitud de atracción es la misma Ministra Batres, por lo que me parece que la empresa recurrente tiene el legítimo derecho a oponerse”, dijo.

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