Ciudad Victoria, Tamaulipas (13 de mayo de 2026).- En el Congreso de Tamaulipas se impulsa una modificación trascendental al Código Civil del Estado con el fin de proteger los derechos de quienes integran un concubinato. La iniciativa, promovida por el legislador de Morena, Isidro Jesús Vargas Fernández, tiene como eje central que las relaciones de convivencia fuera del matrimonio formal generen obligaciones legales ineludibles, especialmente en materia de manutención.
El proyecto legislativo se fundamenta en criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El objetivo primordial es eliminar las barreras que históricamente han impedido a mujeres, niñas y niños acceder a una pensión alimenticia o al reconocimiento pleno de sus derechos por no estar bajo el esquema matrimonial tradicional.
Responsabilidades y justicia familiar
La reforma busca que el concubinato deje de funcionar como una laguna legal para evadir compromisos económicos. De acuerdo con el diputado Vargas Fernández, se pretende que cualquier individuo que sostenga una relación de hecho asuma las repercusiones jurídicas correspondientes, garantizando así la estabilidad de la familia.
Sobre este punto, el legislador expresó una postura firme respecto al cumplimiento de los deberes familiares:
“Si alguien decide tener una relación fuera de una relación formal, también tiene que hacerse responsable de las obligaciones que eso conlleva”.
Precedentes contra la discriminación por estado civil
La propuesta toma como referencia casos de lucha jurídica en la entidad, donde se ha tenido que recurrir a instancias superiores para obtener justicia. Se destacó el precedente sentado por una mujer que, tras un largo proceso, logró el reconocimiento de su pensión gracias a una resolución emitida por el magistrado Raúl Robles.
Con esta modificación al marco legal estatal, se pretende erradicar el “efecto discriminador” que castiga económicamente a las mujeres por su situación civil. La reforma busca que la ley estatal se alinee con el respeto a la dignidad humana y la protección integral de los dependientes económicos en cualquier tipo de unión afectiva comprobable.

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