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Cámara de Diputados declara constitucional reforma para expedir ley general sobre feminicidio

Por: Víctor Terrazas
abril 28, 2026
in Nacional
Cámara de Diputados declara constitucional reforma para expedir ley general sobre feminicidio

La Cámara de Diputados emitió proyecto de declaratoria de aprobación de la reforma al artículo 73 de la Constitución Política, para facultar al Congreso de la Unión a expedir una ley general en materia de feminicidio.

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La Cámara de Diputados emitió proyecto de declaratoria de aprobación de la reforma al artículo 73 de la Constitución Política, para facultar al Congreso de la Unión a expedir una ley general en materia de feminicidio, que contenga como mínimo los tipos penales y sus sanciones.

La presidenta de la Mesa Directiva, Kenia López Rabadán, dijo que una vez realizado el cómputo de votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, se emite el siguiente proyecto de declaratoria:

“El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, declara reformado el artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política, en materia de feminicidio. Se remite a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales”.

Previamente, la secretaria de la Mesa Directiva, diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal (PT) dio cuenta de la recepción y cómputo de 27 votos aprobatorios de las legislaturas de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México.

El documento, que derivó de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, faculta al Congreso de la Unión a expedir una ley general que establezca, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en materias de feminicidio.

El régimen transitorio señala que el Congreso de la Unión deberá expedir la legislación referida en el artículo 73, fracción XXI, inciso a), dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del mismo.

Además, las disposiciones legales de la Federación y de las entidades federativas en materia del delito de feminicidio continuarán vigentes hasta la entrada en vigor de la ley general que emita el Congreso de la Unión. En dicha ley se determinarán los plazos y condiciones para realizar las adecuaciones normativas correspondientes.

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