Apenas arranca el 2026 y la planificación de los días de asueto ya es prioridad para miles de empleados en el país. Tras el cierre de las festividades decembrinas, la mirada está puesta en el primer puente oficial del año, una fecha clave para el descanso, el turismo o la convivencia familiar, protegida por el marco legal mexicano.
¿Cuándo es el primer puente de 2026 en México?
De acuerdo con el calendario oficial, el primer fin de semana largo del año se llevará a cabo del sábado 31 de enero al lunes 2 de febrero.
Aunque el Día de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se celebra originalmente el 5 de febrero, la normativa vigente recorre el asueto al primer lunes de dicho mes. De esta manera, el lunes 2 de febrero queda establecido como el día de descanso obligatorio, permitiendo la formación de este primer periodo vacacional corto.
¿Cómo se paga si me toca trabajar el lunes 2 de febrero?
No todas las industrias pueden detener sus operaciones. Para quienes deban cumplir con su jornada laboral en esta fecha, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece protecciones económicas específicas. Según el artículo 75 de la citada ley, quienes presten sus servicios en un día de descanso obligatorio tienen derecho a recibir un pago independiente de su salario normal: el equivalente a un salario doble por el servicio prestado, lo que en términos prácticos resulta en un pago triple por la jornada.
Sobre la organización de estas jornadas especiales, la ley es enfática:
“trabajadores y patrones deberán acordar cuántas personas prestarán sus servicios. De no llegar a un acuerdo, la autoridad laboral correspondiente resolverá la situación”.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre los descansos obligatorios?
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recuerda que estos periodos no son opcionales, sino que están cimentados en el artículo 74 de la LFT. El objetivo es garantizar que la clase trabajadora tenga espacios de esparcimiento y conmemoración cívica.
Además, en el caso hipotético de que un día de descanso obligatorio coincida con el domingo, el patrón está obligado a cubrir la prima dominical, estipulada en el artículo 71 de la LFT. Esto representa un 25% adicional sobre el salario ordinario, lo que sumado al pago triple, garantiza una compensación justa para el empleado que sacrifica su descanso dominical y oficial.
Es vital que tanto empleadores como empleados tengan claros estos lineamientos desde el inicio de este 2026 para evitar conflictos laborales y asegurar el cumplimiento de la ley durante este primer “puente” del año.







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