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Retrasos por demora

Por: Mario Vargas Suárez
diciembre 4, 2025
in Opinion
Maremágnum

 

Es muy común que los hombres y mujeres con cedula profesional para ejercer la abogacía y los mexicanos envueltos en situaciones judiciales, se quejen del ‘avance lento o estacionario de las investigaciones’ que debe realizar el Ministerio Público (MP).

Muchos quejosos de delitos comunes prefieren omitir la denuncia penal porque los investigadores (agentes) se quejan de la ‘falta de apoyo económico’ para cumplir con su deber y no dudan en solicitar para ‘la gasolina’, ‘el pasaje’ o lo que usted me diga, aunque suena más a extorsión.

Una publicación reciente de un Bufete Jurídico de la capital del país asegura que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que el Estado Mexicano puede ser responsable por retrasos injustificados del Agente del Ministerio Público (AMP).

En otras palabras, usted puede recurrir a una demanda judicial contra un MP por no investigar o retrasar una investigación y pedir se genere una responsabilidad patrimonial, según la publicación del Bufete Jurídico JV & Asociados de la Ciudad de México, donde también aclara que la SCJN llegó a la conclusión de que el “…retardo injustificado en la integración de una averiguación previa -por parte del Ministerio Público Federal- puede constituir una actividad irregular del Estado, susceptible de generar responsabilidad patrimonial.”

Los abogados y ciudadanos que se han visto involucrados en asuntos penales saben que quienes fungen como “…Agentes del Ministerio Público llegan a incurrir en demoras injustificadas para investigar hechos denunciados, lo que dificulta y hasta impide acreditar el delito o, en su caso, resolver sobre la probable responsabilidad del imputado…” declaró el abogado Juan Javier Herrero, previsto en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal.

El mismo jurista también consideró la SCJN que se vulnera el derecho de petición de la víctima u ofendido, quién, por cierto, tiene derecho a una investigación pronta y diligente, según el marco legal mexicano y además, no es suficiente que en forma tardía se emita una resolución sobre el ejercicio o no de la acción penal omitida porque el daño ya está causado y no se subsana con la resolución a destiempo.

OTRA VEZ COMAPA VIC

A pesar de la insistencia federal y estatal de no implementar impuestos, se descubre una nota que notifica que, a partir de enero del 2026, la tarifa de agua en la capital estatal se verá afectada con un incremento, según declaraciones del gerente de la dependencia ¿municipal?, Fernando García Fuentes.

El funcionario declaró que el ajuste no es asunto del Consejo de Administración, sino a lo que estable la Ley de Aguas del Estado, que señala actualizar anualmente las tarifas conforme al índice de inflación del ejercicio fiscal anterior, en este caso, a 2025.

García Fuentes asegura que el aumento no será oneroso, por lo que el funcionario exhortó a las personas con adeudos para regularizar su situación antes de que concluya 2025, para no tener complicaciones al aplicar el nuevo ajuste.

Desde luego que la noticia a nadie satisface ya que si bien es cierto el suministro del vital líquido ha tenido ciertas mejoras, también es cierto que las innumerables fugas de agua potable son muy considerables en Ciudad Victoria, lo que implica que toda el agua desperdiciada se suma a las facturas mensuales que pagamos los consumidores.

Sin embargo, don Fernando de COMAPAVIC, insiste sobre la regularización de usuarios que han caído en morosidad, haciendo hincapié en la campaña de condonación de recargos y hasta la eliminación de multas porque dice la empresa cobradora que son entre 20 y 30 mil compradores de este servicio quienes pueden acceder a las condonaciones.

Finalmente… Pregunto: ¿Qué fue de aquella Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos que establece principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, y eficiencia? Además de establecer procedimientos para investigar conductas indebidas.

La pregunta se plantea con la idea que la población tenga la seguridad de que a todos los funcionarios se les puede aplicar este marco legal y hasta sancionar, partiendo de él, si no cumplen a cabalidad con su función.

Otra: Encaminados en las preguntas: ¿Por qué no está homologada la tarifa hídrica en el país? En la CDMX la cuota fija anual en una vivienda de Unidad Habitacional, paga 250 pesos y la COMAPAVIC cobra en promedio 350 pesos mensuales.

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