Integrantes de las comisiones legislativas de Estudios Legislativos Segunda y de Justicia, avalan acción legislativa mediante el cual se reforma el artículo 295 del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.
Artículo 395.- Comete el delito de abandono de obligaciones alimenticias el que sin motivo justificado deje de proporcionar a sus padres, cónyuge, concubina o concubinario, o a sus hijos menores de 18 años o mayores de 18 sin título profesional que se encuentren realizando estudios, los medios económicos o recursos necesarios para atender las necesidades de subsistencia.
La iniciativa promovida por la diputada local de Morena, Magaly Deándar Robinsón, sostiene que, en el derecho civil y penal, los alimentos no se refieren exclusivamente a la comida, sino a todos aquellos recursos necesarios para la subsistencia digna de una persona. Esto incluye vivienda, salud, educación, vestido y esparcimiento, entre otros elementos esenciales para una vida adecuada.
La obligación alimentaria surge de la relación familiar, donde ciertos parientes, como padres, hijos, cónyuges o concubinas, tienen el derecho y la obligación recíproca de proporcionarse alimentos cuando sea necesario.
El artículo 295 del Código Penal para el Estado de Tamaulipas tipifica el delito de abandono de obligaciones alimenticias, pero su redacción actual excluye a ciertos sujetos que tienen derecho a recibir alimentos según el Código Civil del Estado. Esto genera una disparidad legal y una falta de protección para sectores vulnerables de la sociedad.
Sin embargo, la falta de homologación entre el Código Penal y el Código Civil locales genera vacíos legales que permiten la impunidad por la vía penal en casos de abandono de obligaciones alimenticias. Esta situación impacta negativamente en la calidad de vida de los adultos mayores y los jóvenes en formación académica.
Además, la omisión legislativa en la tipificación del abandono de obligaciones alimenticias para estos sujetos vulnerables va en contra de los principios de justicia social y equidad. Es imperativo que el Estado garantice la protección integral de estos grupos, sancionando de manera efectiva a quienes incumplan con sus responsabilidades alimentarias.
Por lo tanto, mediante esta iniciativa se propone modificar el artículo 295 del Código Penal para Tamaulipas, a fin de incluir expresamente a los padres y a los hijos mayores de 18 años que se encuentren realizando estudios dentro de los sujetos protegidos por la norma penal.
Con esta reforma, se busca garantizar la obligatoriedad de los alimentos para estos sectores de la población, en concordancia con lo establecido en el Código Civil estatal, puntualizó.







Discussion about this post