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Reforman Ley que Regula el Retiro de Autos Abandonados en Tamaulipas

Por: Salvador Leal
enero 12, 2025
in Local
Reforman Ley que Regula el Retiro de Autos Abandonados en Tamaulipas

los Ayuntamientos podrán integrar una Comisión Municipal, conformada por los titulares de las dependencias administrativas municipales análogas a las del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, para la aplicación de la Ley, en el ámbito respectivo.

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Con 33 votos a favor, diputados locales aprueban reformas a los artículos 17 y 19, fracción 1; y se adicionan el artículo 7 BIS, un párrafo segundo al numeral 1 del artículo 9; y un párrafo tercero al artículo 29; de la Ley que Regula el Aseguramiento, Administración, Enajenación y Disposición Final de Vehículos Automotores, Accesorios o Componentes Abandonados para el Estado de Tamaulipas.

La acción legislativa promovida por la bancada de Morena establece que los Ayuntamientos aplicarán la presente Ley, a través de la Tesorería Municipal, Secretaría de Seguridad Pública, Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, Dirección de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, y/o cualquier dependencia administrativa equivalente, por separado o de manera mancomunada.

Además, los Ayuntamientos podrán integrar una Comisión Municipal, conformada por los titulares de las dependencias administrativas municipales análogas a las del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, para la aplicación de la Ley, en el ámbito respectivo.

Sin embargo, una vez transcurridos 45 días naturales contados a partir de la fecha del aseguramiento, la Comisión deberá publicar en el Periódico Oficial del Estado y en al menos dos diarios de mayor circulación en el Estado o de los Municipios donde se aplique la ley según corresponda, la Declaratoria de Abandono procedente, otorgando un término de tres días hábiles para efecto de que, quien se considere interesado o su legítimo representante, manifieste lo que a su interés convenga.

Asimismo, se publicará en el Periódico Oficial del Estado y en al menos dos diarios de mayor circulación en el Estado o de los Municipios, una vez transcurridos 45 días naturales contados a partir de la emisión del Acuerdo de Aseguramiento;

Cuando los Ayuntamientos efectúen los procedimientos administrativos de aplicación de la Ley, el producto de la enajenación de los vehículos, accesorios o componentes declarados abandonados será considerado como aprovechamiento para el Ayuntamiento respectivo del 80% del valor total del precio, y el 20% restante será otorgado a favor del Estado.

Reforman Ley para recoger vehículos abandonados en Tamaulipas.

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