Nuevo León, 11 de diciembre.- Especialistas indicaron que en el caso de Mariana Rodríguez, esposa del Gobernador Samuel García, si no posee una credencial de elector con domicilio en Monterrey, aún podría cumplir con el requisito electoral de demostrar su residencia presentando una constancia expedida por el municipio. Rodríguez se registró recientemente como precandidata de MC a la Alcaldía de Monterrey y, aunque afirmó tener su credencial con dirección en Monterrey, no la mostró.
De acuerdo con los lineamientos del Instituto Estatal Electoral y del INE, existe una alternativa para cumplir con el requisito constitucional de demostrar al menos un año de residencia en el municipio para el cual se compite. En el caso de que el domicilio de la credencial no coincida con el municipio solicitado, se puede presentar una carta de residencia, la cual es expedida por el municipio correspondiente.
El Artículo 37 de los lineamientos establece que “la credencial para votar hará las veces de constancia de residencia, salvo cuando el domicilio de la persona aspirante, asentado en la solicitud, no corresponda con el asentado en la propia credencial o no permita cumplir con el requisito de temporalidad requerido para el cargo correspondiente”. En tales casos, se requeriría presentar la constancia de residencia, procediendo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 144 de la Ley Electoral.

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