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Plantea Diputada de Morena reforma a la Ley de Catastro del Estado

Por: Salvador Leal
octubre 17, 2023
in Local
Plantea Diputada de Morena reforma a la Ley de Catastro del Estado

 Magaly Deándar Robinson, legisladora local de Morena.

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Ciudad Victoria, Tamaulipas. Se presenta acción legislativa que tiene por objeto incorporar la facultad de las autoridades catastrales municipales para que en cualquier momento puedan realizar una evaluación o reevaluación de los predios ubicados en su territorio, a fin de garantizar los principios de equidad y proporcionalidad contributiva en el Estado.

Magaly Deándar Robinson, legisladora local de Morena, sostiene que para ello, se busca reformar el párrafo quinto del artículo 62 de la Ley de Catastro para el Estado de Tamaulipas.

En su exposición de motivos, indica que el artículo 31, fracción IV de la Constitución Federal, es categórico al establecer que:

Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

V. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

En su intervención destacó que un ejemplo de una contribución es el impuesto predial, el cual es un pago que por ley todas y todos los propietarios de predios debemos cumplir, ya que, en gran medida, los recursos recaudados por medio de este impuesto se utilizan para mejorar los servicios públicos de un municipio y elevar la calidad de vida de sus habitantes.

Dicho impuesto, se calcula con base a los metros cuadrados del inmueble, la zona, uso de suelo, tipo de construcción, condiciones topográficas, equipamiento y servicios urbanos con que cuente.

No obstante lo anterior, existen predios que, a pesar de las modificaciones en sus características como la construcción y el uso de suelo, los propietarios de estos no las han manifestado ante la autoridad catastral correspondiente, indicó la legisladora local.

Es decir, se está generando, lamentablemente, una inequidad y desproporcionalidad en el pago del impuesto predial, pues los dueños de dichos predios están contribuyendo una cantidad inferior a lo que realmente deberían, lo cual contraviene a lo establecido en el artículo 31, fracción IV de nuestra Carta Magna.

Mediante la presente acción legislativa, se pretende incorporar la facultad de las autoridades catastrales municipales para que en cualquier momento puedan realizar una valuación o revaluación de los predios ubicados en su territorio, a fin de garantizar los principios de equidad y proporcionalidad en el pago del impuesto predial, en virtud de que existen, en algunos municipios del Estado, predios que cuentan con construcciones y clasificación de uso de suelo distintos a los reales.

 

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