CD. VICTORIA, TAMAULIPAS, 14 DE ENERO DE 2023.-El Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, resuelve el procedimiento sancionador especial por la denuncia interpuesta por la presidenta municipal de Guerrero, Tamaulipas, C. Irasema Albeza Peña Ramírez, en contra del usuario(s) y/o administrador(es) del perfil de la red social Facebook “Grilla Guerrero Tam”, por la
emisión de publicaciones constitutivas de violencia política contra las mujeres en
razón de género
En su sesión número uno del 2023, de carácter extraordinaria, celebrada el13 de enero,
en el cuarto y último punto del orden del día, se sometió a la consideración de las y los
integrantes del Consejo General el Proyecto de Resolución por la que se resuelve el
procedimiento sancionador especial identificado con la clave PSE-149/2022, instaurado con
motivo de la denuncia interpuesta por la C. Irasema Albeza Peña Ramírez, en su carácter
de presidenta municipal de Guerrero, Tamaulipas, en contra del(os) usuario(s) y/o
administrador(es) del perfil de la red social de Facebook “Grilla Guerrero Tam”, por la
emisión de publicaciones constitutivas de violencia política contra las mujeres en razón de
género; en tal sentido, por unanimidad de votos el Pleno del Consejo General resolvió que
la C. Iracema Albeza Peña Ramírez, fue víctima de violencia política contra las mujeres en
razón de género, mediante diversas publicaciones emitidas desde el perfil de la red social
de Facebook “Grilla Guerrero Tam”.
En este punto del orden del día, destaca la intervención de la Consejera Electoral Marcía
Laura Garza Robles, Presidenta de la Comisión para los Procedimientos Administrativos
Sancionadores, quien al realizar la presentación del proyecto de resolución, lamentó que
en el orden jurídico nacional no exista un sólido marco normativo para el ámbito de las redes
sociales a fin de que los operadores jurídicos puedan hacer frente de manera eficaz a
violentadores que a través del anonimato atentan contra los derechos politico-electorales
de las mujeres, afirmando que la denunciante la C. Irasema Albeza Peña Ramírez, fue
víctima de violencia política en razón de género.
Así las cosas, si bien es cierto que en el presente caso no es posible imponer una sanción
a determinada persona, por no haberse determinado la identidad de quien desplegó la
conducta denunciada, también lo es, que ello no constituye un impedimento para que
se pueda declarar la existencia de la infracción denunciada.
El Instituto Electoral de Tamaulipas, hace del conocimiento de la ciudadanía el presente
comunicado con fines de divulgación; no obstante, la resolución aprobada por dicho órgano
colegiado, corresponde a la única versión oficial.

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