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Reconocen derechos de los jornaleros agrícolas de 15, 16 y 17 años en México

Por: Agencias
febrero 24, 2022
in Nacional
Reconocen derechos de los jornaleros agrícolas de 15, 16 y 17 años en México

Reconocen derechos de niños jornaleros; Senado avala minuta Los menores de 15 a 18 años que realicen labores agrícolas serán considerados trabajadores formales LETICIA ROBLES DE LA ROSA | 05:40 hrs. Del editor:De última hora: Putin inicia la guerra; anuncia operación militar en Ucrania Global |06:30 hrs. Captan momento en que una mujer muere en gym de Peralvillo Comunidad |22-02-2022 En la muerte de mujer en el gym 'fallaron todos los protocolos de seguridad' Comunidad |23-02-2022 ¿Hombre que aparece al lado de mujer en gym de Peralvillo era instructor? Comunidad |23-02-2022 ¿Un golpe en la nuca te puede matar? Caso de mujer muerta en gym Peralvillo Comunidad |23-02-2022 ‘Escalofriante’ el trato de entrenadora a Kamila Valieva Adrenalina |18-02-2022 Escucha este artículo Powered by Luna Media La reforma aprobada busca que la prohibición del trabajo infantil no incluya la mayoría de las actividades que realizan los adolescentes entre 15 y 18 años de edad. Foto: Archivo Suscríbete a nuestro boletín Recibe las últimas noticias y mantente siempre informado Correo electrónico Enviar CIUDAD DE MÉXICO. Por primera vez, los trabajadores agrícolas entre 15 y 18 años de edad serán sujetos de derechos laborales, porque el Senado avaló la minuta de la Cámara de Diputados para que todos los trabajadores del sector productivo primario en ese rango de edad sean considerados trabajadores formales, dada la realidad que implica que miles de adolescentes son jornaleros. La reforma, avalada con el voto unánime de 95 legisladores presentes en el pleno, precisa en el artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo que se considerarán labores “peligrosas e insalubres” las “agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca, que impliquen el uso de químicos, manejo de maquinaria, vehículos pesados, y los que determine la autoridad competente”. PUBLICIDAD Con esta modificación se busca que la prohibición del trabajo infantil no incluya la mayoría de las actividades que realizan los adolescentes entre 15 y 18 años de edad, lo que permitirá su reconocimiento legal como empleados, con todos los derechos que eso conlleva para su seguridad salarial y de seguridad social. El trabajo agrícola para las personas menores de 18 años, en todas sus modalidades y sin distinción alguna, está expresamente prohibido, tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en la Ley Federal del Trabajo. No obstante, en la actualidad, esta actividad se lleva a cabo motivada por un sinfín de causas, entre las cuales destacan, especialmente, la pobreza y la desigualdad social que hacen del trabajo infantil un elemento indispensable para el sustento económico de miles de familias mexicanas”, explicó Ricardo Monreal desde la tribuna del Senado. Añadió que “la realización de actividades dentro del sector agrícola, sin la pertinente regulación jurídica, ha impactado en una seria problemática en el desenvolvimiento socioeconómico de las personas que habitan en esas zonas”. La reforma fue turnada al Ejecutivo federal para su entrada en vigor.

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CIUDAD DE MÉXICO. Por primera vez, los trabajadores agrícolas entre 15 y 18 años de edad serán sujetos de derechos laborales, porque el Senado avaló la minuta de la Cámara de Diputados para que todos los trabajadores del sector productivo primario en ese rango de edad sean considerados trabajadores formales, dada la realidad que implica que miles de adolescentes son jornaleros.

La reforma, avalada con el voto unánime de 95 legisladores presentes en el pleno, precisa en el artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo que se considerarán labores “peligrosas e insalubres” las “agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca, que impliquen el uso de químicos, manejo de maquinaria, vehículos pesados, y los que determine la autoridad competente”.

Con esta modificación se busca que la prohibición del trabajo infantil no incluya la mayoría de las actividades que realizan los adolescentes entre 15 y 18 años de edad, lo que permitirá su reconocimiento legal como empleados, con todos los derechos que eso conlleva para su seguridad salarial y de seguridad social.

El trabajo agrícola para las personas menores de 18 años, en todas sus modalidades y sin distinción alguna, está expresamente prohibido, tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en la Ley Federal del Trabajo.

No obstante, en la actualidad, esta actividad se lleva a cabo motivada por un sinfín de causas, entre las cuales destacan, especialmente, la pobreza y la desigualdad social que hacen del trabajo infantil un elemento indispensable para el sustento económico de miles de familias mexicanas”, explicó Ricardo Monreal desde la tribuna del Senado.

Añadió que “la realización de actividades dentro del sector agrícola, sin la pertinente regulación jurídica, ha impactado en una seria problemática en el desenvolvimiento socioeconómico de las personas que habitan en esas zonas”.

La reforma fue turnada al Ejecutivo federal para su entrada en vigor.

 

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