Ciudad de México (7 de abril de 2026).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un fallo histórico al validar que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) mantenga la facultad de bloquear cuentas bancarias de forma directa. Con esta decisión, el organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda podrá inmovilizar recursos financieros sin necesidad de una orden judicial previa, la intervención del Ministerio Público o una solicitud de colaboración internacional.
El máximo tribunal del país determinó que esta medida es constitucional al considerarla una herramienta administrativa esencial para la prevención del lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. Los ministros argumentaron que el bloqueo de cuentas no vulnera las garantías de seguridad jurídica, ya que se trata de una medida cautelar y provisional que permite al Estado actuar con rapidez ante posibles actividades ilícitas que pongan en riesgo la estabilidad del sistema financiero nacional.
Anteriormente, diversos criterios judiciales exigían que la UIF justificara sus bloqueos mediante una petición expresa de autoridades extranjeras o un mandato judicial. Sin embargo, la nueva resolución establece un precedente que fortalece el control administrativo sobre los flujos de capital sospechosos. A partir de ahora, los usuarios afectados deberán agotar los recursos de defensa previstos en la ley para demostrar el origen lícito de sus recursos y solicitar el desbloqueo.

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