Ciudad de México (20 de enero de 2026).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que no reabrirá sentencias emitidas en el pasado por sus Salas, una definición que puso fin a la expectativa de revisar fallos históricos y a las críticas dirigidas a los actuales Ministros.
El acuerdo fue unánime y respondió a una consulta presentada por el presidente de la Corte, Hugo Aguilar, luego de que la Fiscalía General de la República (FGR) promoviera una revisión contra el amparo otorgado por la Primera Sala a una mujer acusada del secuestro y asesinato de Hugo Alberto Wallace.
Para la FGR, existía margen para revisar resoluciones dictadas en amparos directos atraídos, con el argumento de analizar temas de constitucionalidad que, a su juicio, no se estudiaron oportunamente.
Sin embargo, el máximo tribunal ratificó que, durante décadas, las dos Salas de la Corte emitieron sentencias con la misma jerarquía que las del Pleno, por lo que eran definitivas e inatacables, criterio que se mantuvo intacto.
“Se manda un mensaje a la Nación respecto de la figura de cosa juzgada”, dijo Aguilar durante la sesión.
El matiz que abrió debate interno
La única diferencia surgió alrededor del párrafo 52 del proyecto, donde la Ministra Lenia Batres sostuvo que la resolución no adelanta criterio sobre la llamada “cosa juzgada fraudulenta”, figura abordada por la Corte en noviembre pasado.
Ese criterio permite impugnar juicios mercantiles concluidos cuando se alega que existió fraude, lo que llevó a Batres a insistir en dejar constancia expresa en la sentencia.
Finalmente, por seis votos contra tres, el Pleno decidió mantener el asunto en manos de la Ministra Batres, dejando el párrafo, pero aclarando que la mayoría se pronunció por suprimirlo.
“Es importante precisar que este pronunciamiento no prejuzga sobre el criterio que la nueva integración de la Corte pudiera adoptar en torno a la figura de la cosa juzgada fraudulenta”, fue la redacción propuesta por Batres.
Aseguramientos, discusión pendiente
En otra determinación, la Corte aplazó el análisis sobre si las fiscalías pueden asegurar bienes sin orden judicial.
La Ministra María Estela Ríos propuso considerar el aseguramiento como una técnica de investigación provisional, dado que los bienes pueden devolverse si no se acredita delito.
En contraste, la Ministra Yasmín Esquivel planteó confirmar dos amparos relacionados con un aseguramiento realizado por la FGR en Santa Fe, al estimar que sí era necesaria una orden de juez.







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