Se impondrá una sanción de ocho a veinte años de prisión y multa de doscientos ochenta y ocho a setecientas veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, cuando en la Comisión del Delito:
Se emplee violencia física o moral para exigir el cobro de un daño, derivado de un hecho de tránsito provocado de manera intencional, monta-choques independientemente de que se haya o no obtenido el lucro o beneficio derivado de esta acción; o el sujeto activo utilice violencia física, moral o psicológica, para exigir el cobro de un daño ocurrido en algún objeto de su propiedad, derivado de un supuesto accidente cualquiera que este sea, pero provocado de manera intencional, independientemente de que haya o no obtenido el lucro o beneficio derivado de la acción.
La iniciativa presentada por el legislador local panista, Gerardo Peña Flores, indica que, para ello, se reforma el artículo 341, y se adiciona una fracción IX del artículo 426, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.
Agregó que el objeto de la acción legislativa tiene, por una parte, establecer como una de las agravantes del delito de extorsión, el provocar intencionadamente accidentes para exigir el pago de un daño, así como considerar a dicha práctica como una de las presunciones de la premeditación en el delito de homicidio, para con ello alcanzar una pena de hasta 50 años.
Indico las estrategias en el Combate a la Inseguridad, uno de los mayores reclamos y necesidades del Pueblo de Tamaulipas, requieren de la participación de todas y todos, independiente del color partidista.
En ese sentido en las últimas semanas en Tamaulipas, y particularmente en Tampico, se ha presentado un fenómeno que se importado de otras entidades federativas, denominadas los “monta-choques”, expresó.
A pesar de existir medidas administrativas, como seguros de daños, quienes tienen como servicio la asistencia técnica y legal por parte de los ajustadores, en los hechos los mismos suelen tardar hasta 30 minutos en acudir, por lo cual desafortunadamente no es una medida suficiente y eficaz para disuadir la comisión del delito.
Por lo que hace al delito de homicidio calificado, se propone reformar el artículo 341 del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, y considerar a la provocación de un accidente de manera intencional, como una las presunciones de la premeditación, y con ello acreditar que los homicidios cometidos mediante el uso de esta técnica delictiva, puede catalogarse como homicidio calificado, y con ello alcanzar una pena de hasta 50 años de prisión.
Por otra parte, se propone también adicionar una fracción IX al artículo 426 del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, para considerar a dicha estrategia como una de las agravantes del delito de extorsión, concluyó.






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