La mesa directiva del Congreso, recibe iniciativa de reforma a la fracción XVII al artículo 33 de la ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, con el objeto de otorgar permiso de paternidad de diez a veinte días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante.
La acción legislativa promovida por los diputados locales de Movimiento Ciudadano, establecen en su exposición de motivos que artículos 4 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas destacan, respectivamente, que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en su artículo 15 fracción 1, establece que es obligación de los Estados conducir políticas locales, en materia de igualdad entre hombres y mujeres.
Además, indican que es de vital importancia que las familias y sus integrantes se distribuyan el trabajo de manera justa, es por ello, que el involucrar a los hombres y niños en las tareas domésticas y en el cuidado de las y los familiares es una forma de romper la tradición histórica que las mujeres han cargado a lo largo de su vida.
Las licencias de paternidad son fundamentales, para poder alcanzar dicha igualdad de derechos y materializar la corresponsabilidad familiar, ya que permiten garantizar una paternidad positiva, conceptualizándose las mismas como licencias con protección del empleo que, a menudo, se limita a los padres biológicos, en el momento del nacimiento de su hija o hijo e inmediatamente después, como una medida de cuidado, que permite a los padres satisfacer mejor las necesidades de su hija o hijo y a su vez ayudar a la madre a recuperarse del parto y a establecer rutinas de lactancia y de otro tipo.
Derivado del análisis de la Ley Federal del Trabajo, es viable destacar los avances por entidad federativa que se han llevado a cabo respecto de las prestaciones que ofrece el gobierno a sus funcionarios públicos en caso de ser padres, siendo ejemplo de ello Nuevo León y Quintana Roo, los cuales son pioneros en la materia, al ofrecer un permiso de paternidad por 60 días con goce de sueldo, esto es 11 veces más que el mínimo que se estipula en la Ley Federal.
Sin embargo, en ese análisis se observa que entidades del país como Tabasco, Querétaro, Baja California Norte y Aguascalientes, no otorgan días a los trabajadores varones, en tanto, Tamaulipas da diez días y con esta reforma, se se busca elevar a 20.
De lo anterior se aprecia que existe un rezago en materia de igualdad de derechos entre hombres y mujeres, en particular, en materia de corresponsabilidad familiar, lo que implica la inminente necesidad de legislar en este sentido para hacer efectiva la participación de los padres en los cuidados de las hijas e hijos recién nacidos
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