Se exhorta respetuosamente a los 43 Ayuntamientos del Estado de Tamaulipas a efecto de que en la integración de sus presupuestos para el ejercicio fiscal 2025, se incorpore una visión transversal y se observe en todo momento el principio de interés superior de la niñez, fortaleciendo los rubros que beneficien directamente a las niñas, niños y adolescentes.
Los legisladores locales de Movimiento Ciudadano, Juan Carlos Zertuche y Mayra Benavides, indican en su exposición de motivos que la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA) es una prioridad que debe reflejarse en todos los niveles de gobierno, particularmente en el ámbito presupuesta.
A continuación, exponemos las razones para exhortar a que los municipios incorporen una visión transversal en sus proyectos de presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2024, asegurando que éstos reflejen un compromiso efectivo con la infancia y adolescencia en nuestro país.
La Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por el Estado Mexicano, establece las bases para proteger a la niñez, asignando a los Estados Parte la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para hacer efectivos sus derechos, empleando los recursos disponibles hasta el máximo posible, siendo de relevancia lo establecido en el artículo 4° del referido instrumento, que a la letra establece:
”Artículo 4. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.”
La Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tamaulipas, establece en su artículo 3°, que para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las autoridades estatales y municipales deberán realizar entre otras acciones, la de Incorporar en sus proyectos de presupuesto la asignación de recursos que permitan dar cumplimiento a las acciones derivadas de dicha Ley, sostienen.
Si bien es cierto que la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, establece en su artículo 133 que los Municipios administrarán libremente su hacienda, así como que los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles, por lo que considerando que en cada municipio, las particularidades sociales, económicas y culturales demandan un enfoque adaptado a las necesidades locales, también lo es que en el ejercicio de dicha autonomía presupuesta!, estos deben realizar su programación siempre en el marco del interés superior de la niñez, puntualizan los diputados locales.
Finalmente, y pese haber solicitado la dispensa de trámite a comisiones del presente punto de acuerdo, este fue negado.
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