Se presenta iniciativa de decreto por el que se tipifica el delito denominado “contra la orientación sexual o la identidad de género”, acción legislativa promovida por la diputada local, Consuelo Nayeli Lara Monroy.
Se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Además, se aumentará al doble la sanción prevista, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, adultas mayores o personas con alguna discapacidad.
En caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento, a consideración del juez, aseveró en tribuna legislativa.
Las sanciones señaladas en el primer párrafo de este artículo se aumentarán al doble de la que corresponda, cuando la persona autora tuviere para con la víctima alguna de las relaciones que a continuación se enuncian, o bien se sitúen en alguno de los siguientes supuestos:
a) Relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima;
b) Quien se valga de función pública para cometer el delito; y
c) Cuando la persona autora emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.
En los casos de los incisos a) y b), además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.
Bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.
Finalmente, dijo que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prohíbe todo tipo de discriminación; resaltando entre otras conductas, aquellas motivadas por las “preferencias sexuales”, ya que atenta contra la dignidad humana.







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