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Regresan a Comisiones iniciativa de reformas al Código Penal Estatal

Por: Salvador Leal
octubre 19, 2023
in Local
Regresan a Comisiones iniciativa de reformas al Código Penal Estatal

La propuesta de iniciativa de las Diputadas "Sin Partido" regresa a Comisiones para su revisión.

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Ciudad Victoria, Tamaulipas. Con 32 votos, diputados en la última sesión ordinaria, regresan a comisiones legislativas, dictamen que tenía como propósito tipificar el delito de “solicitud simulada”, a fin de sancionar a las personas que realicen pedidos de broma en los establecimientos comerciales como restaurantes, cadenas y/o negocios de alimentos.

La acción legislativa, promovida por el grupo parlamentario “sin partido”, proponen adicionar el capítulo III bis al Código Penal para el Estado de Tamaulipas, con la finalidad de que en la legislación contemple un tipo penal a las problemáticas que se están presentado en perjuicio de los negocios y emprendedores.

Hay que destacar que este dictamen, venía en el orden día, como “sin materia”, al final, lo regresan a comisiones legislativas, para volver analizarse y posteriormente ser presentado en próximas sesiones ordinarias.

Sin embargo, en el punto cinco de las consideraciones del dictamen, se establece que en los artículos 386; 387; y 389 Bis, del Código Penal Federal, y 417; 418; y 419, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, son los fundamentos donde se reconoce el delito de fraude, estableciendo los diversos supuestos donde se puede llevar a cabo dicha conducta penal y las sanciones correspondientes para la persona que resulte responsable de su comisión.

Se hace alusión de lo anterior, en virtud de que la presente acción legislativa tiene como propósito adicionar disposiciones al Código Penal del Estado, a fin de ampliar el catálogo de delitos reconocidos en nuestra Entidad, pretendiendo establecer como delito “la solicitud simulada”, haciendo referencia a solicitudes o pedidos de naturaleza ficticia o de broma, sobre un bien, servicio o producto dentro del giro comercial, estableciendo diversas sanciones acordes a la afectación económica derivada de ese tipo de solicitudes.

Sin embargo, el texto vigente del artículo 418, fracción IV, de nuestro Código Penal local, establece precisamente el supuesto normativo referido por la iniciativa en análisis, determinando que aquella persona que se haga servir alguna cosa o admita un servicio en cualquier establecimiento comercial y no pague su importe cometerá el delito de fraude.

 

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