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Inamovible el Fiscal Irving Barrios: Corte

Por: Noé F. Rodríguez
agosto 8, 2023
in Local
Inamovible el Fiscal Irving Barrios: Corte
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Ciudad Victoria, Tamaulipas (8 de agosto de 2023).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un revés a los diputados de Morena en el Congreso de Tamaulipas al resolver en su contra una impugnación cuyo objetivo principal era invalidar reformas a la Constitución estatal para remover al Fiscal Irving Barrios Mojica.

En su sesión de este martes los Ministros de la SCJN validaron las disposiciones del artículo 125, párrafo séptimo, fracción IV; y párrafo octavo, de la Constitución Política local, reformado mediante decreto publicado el 30 de septiembre de 2021, que establecen el procedimiento para la remoción del fiscal general del Estado y ciertos fiscales especializados, preceptos de los cuales, además, fue suprimido el impedimento para que el primero sea reelecto.

El proyecto presentado por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá reconoció la validez de las normas impugnadas, al considerar que para su emisión no era necesaria una motivación reforzada, sino ordinaria –la cual sí fue realizada por el Congreso local–, ya que el acto legislativo no incide de manera directa en algún derecho fundamental, sino que se trata de un aspecto orgánico.

Además, para establecer los procedimientos destinados al nombramiento y la remoción de esos servidores públicos, existe libertad de configuración legislativa, que está supeditada a las obligaciones previstas en el artículo 116 de la Constitución Federal, consistentes en garantizar las funciones de procuración de justicia con base en los principios de autonomía, eficiencia, imparcialidad, legalidad, objetividad, profesionalismo, responsabilidad y respeto a los derechos humanos.

Además, el Pleno determinó que es válido que exista la posibilidad de reelección del fiscal general local, así como que el gobernador del Estado esté facultado para removerlo por las causas graves previstas en la ley, con aprobación de al menos dos terceras partes de los miembros del Congreso. A igual conclusión llegó por lo que se refiere al procedimiento para la remoción de las personas titulares de las fiscalías especializadas, el cual se realiza por determinación del fiscal general, aunque también con la validación del órgano Legislativo.

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