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Presentan nuevo proyecto sobre prisión preventiva oficiosa

Por: Agencias
octubre 25, 2022
in Nacional
Presentan nuevo proyecto sobre prisión preventiva oficiosa
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25 octubre 2022; El Ministro Luis María Aguilar presentó un nuevo proyecto sobre la prisión preventiva oficiosa en el que propone que los jueces no apliquen en forma automática esta medida cautelar, sino que la sometan a debate y resuelvan teniendo en cuenta los derechos fundamentales.

Luego de que en septiembre pasado retirara su propuesta de inaplicar el artículo 19 de la Carta Magna, derrotada por 7 votos contra 4 en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Aguilar reformuló su proyecto.
 Su nueva propuesta retoma el planteamiento del Ministro Juan Luis González Alcántara, quien en aquella discusión expuso que la prisión preventiva “oficiosa” no quiere decir “automática”, sino que los jueces siempre deben analizar si encarcelan o no a una persona imputada por alguno de los 16 delitos que, conforme al citado artículo constitucional, tienen prevista dicha disposición privativa de libertad.

En forma previa, se sostiene que para conciliar y armonizar los derechos humanos que están vinculados con la prisión preventiva oficiosa, es necesario interpretar el artículo 19 de la Constitución General en conjunto con el resto de derechos fundamentales, principios y directrices constitucionales, a efecto de mantener una coherencia en el sistema jurídico mexicano y, de este modo evitar la formación de antinomias y la restricción de los derechos humanos”, dice el nuevo proyecto listado este lunes.
 “De esta manera, se debe entender a la prisión preventiva oficiosa como una medida cautelar no automática. El carácter oficioso de la medida cautelar únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar”.

Aguilar también propone invalidar la reforma de noviembre de 2019 para incluir el factureo, contrabando y fraude fiscal por más de 8.7 millones de pesos en el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa, pese a que el 19 de la Constitución no los menciona.
 Debido a que estos delitos fueron considerados como una amenaza a la seguridad nacional, el proyecto también plantea invalidar el artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y del artículo 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional.

Dichas disposiciones, según el ministro, emplean indebidamente la categoría de “delitos que atentan contra la seguridad nacional” como elemento para justificar la imposición de la medida cautelar de mayor gravedad.
 En la discusión del pleno de septiembre pasado, este fue el único tema en el que parece que hubo una mayoría de ocho votos en el pleno de la Corte.
 El proyecto original del ministro, discutido el 5 y 6 de septiembre, planteó impedir la aplicación de la prisión preventiva de oficio a los acusados por cualquiera de los 16 delitos previstos con esa medida cautelar en el artículo 19 de la Constitución.

Tras el rechazo a esa propuesta, Aguilar reformuló el proyecto y aclara que no pretende cancelar la restricción de la prisión preventiva.
 “Esta decisión, no significa, por supuesto, la desaparición de la prisión preventiva ni la liberación inmediata de las personas que actualmente están en prisión preventiva oficiosa con fundamento en las normas que han sido declaradas inconstitucionales”, señala.
 Puntualiza que la declaratoria de invalidez no tendría efectos retroactivos automáticos ni dejaría en libertad a quienes estuvieran sujetos a la prisión oficiosa, pues en estos casos sus defensores tendrían que acudir a los medios de impugnación ordinarios y extraordinarios para buscar otra medida cautelar.
En los nuevos casos donde se imputen los delitos con esa medida, los jueces deberán abrir el debate a las partes dentro de la audiencia y resolver conforme a los alegatos y datos de prueba si encarcelan o no en forma oficiosa al imputado.

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