CD. DE MEXICO, 16 DE MAYO DE 2021.- Legisladoras y legisladores del Partido Revolucionario Institucional
plantearon modificar el fuero constitucional, a fin de homologar el proceso para retirar la inmunidad del Presidente de la República con el de otros servidores públicos, es decir, que el mandatario no tenga un
procedimiento especial.
Mediante una iniciativa de ley, las diputadas Dulce María Sauri Riancho,
Mariana Rodríguez Mier y Terán, Claudia Pastor Badilla y los diputados
René Juárez Cisneros y Enrique Ochoa Reza, sugirieron reformar el
artículo 111 de la Constitución, que conserva el fuero y establece que
cualquier acusación contra el Ejecutivo Federal debe pasar y resolverse
por el Senado de la República, con base en la legislación penal
aplicable.
“La propuesta se pronuncia por conservar la protección constitucional al
cargo de Presidente de la República y en caso de que existan
acusaciones por la comisión de actos delictivos, que sea la Cámara de
Diputados la que durante la declaratoria de procedencia, resuelva si ha
lugar a poner al inculpado ante las autoridades competentes, dando
cauce jurídico al mandato constitucional de que en caso de que cometa
algún ilícito, pueda ser imputado y juzgado”, puntualizaron los
legisladores del PRI.
Es decir, se debe seguir el mismo procedimiento a todos los servidores
públicos, sin privilegios, y la Cámara de Diputados mantendrá su función
de resolver si quedan o no a disposición de un juez para que los
condene respecto al delito por el que se les acusa.
Explicaron que aunque el actual titular del Ejecutivo Federal ha afirmado
reiteradamente que con la reforma legislativa aprobada en 2020 quedó 2
eliminado su fuero, la realidad es que los cambios no cumplieron con
ese objetivo, toda vez que la inmunidad procesal para el cargo se
mantiene.
Además hay ventajas, en caso de que la Cámara de Diputados lleve a
cabo el proceso de declaratoria de procedencia contra el Presidente de
la República, en lugar de retirar la inmunidad procesal y poner al
inculpado a disposición de las autoridades competentes, como sucede
con cualquier otro servidor público, el artículo 111 constitucional dispone
que “sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los
términos del artículo 110, la cual resolverá con base en la legislación
penal aplicable”.
Para las y los diputados del PRI la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos contiene los principios fundamentales de igualdad
ante la ley y no discriminación, tanto en derechos como en garantías,
por eso, la reforma propuesta en la iniciativa es homologar el proceso
de desafuero del Presidente de la República con el de los otros
servidores públicos.

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