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Improcedentes demandas a Carmen Lilia y Mario López ante IETAM

Por: Víctor Terrazas
mayo 20, 2021
in Local
Improcedentes demandas a Carmen Lilia y Mario López ante IETAM

En esta sesión extraordinaria, se resolvieron como inexistentes por unanimidad de votos de las y los Consejeros Electorales, tres Procedimientos Sancionadores Especiales (PSE) en los cuales no se advirtió responsabilidad alguna a los denunciados.

CD. VICTORIA, TAMAULIPAS, 20 DE MAYO DE 2021.- Con miras al proceso electoral 2020-2021, cuya Jornada Comicial se realizará el próximo domingo 6 de junio, las y los integrantes del Consejo General del Instituto, realizaron esta tarde, dos sesiones, una de carácter ordinaria correspondiente al mes de mayo y una
sesión extraordinaria.

En el marco de la Sesión Ordinaria No. 32, el primer punto fue la aprobación de actas y
como segundo punto del orden del día, se presentaron los informes de actividades de las
Consejeras, Dra. María de los Ángeles Quintero Rentería, Mtra. Nohemí Argüello
Sosa y de la Lic. Deborah González Díaz, quienes presiden, respectivamente, las
Comisiones de Prerrogativas, Partidos y Agrupaciones Políticas; la Comisión Permanente
de Igualdad de Género y No Discriminación y la Comisión Especial de Seguimiento a la
Implementación y Operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares
correspondiente al Proceso Electoral 2020-2021 y, por último, la Comisión de Seguimiento
al Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Electoral de Tamaulipas (SPEN).

En el tercer punto de la sesión ordinaria, la Presidencia del Consejo General informó,
conforme al documento circulado a los integrantes del Órgano Electoral, respecto a las
medidas de seguridad solicitadas por diversas candidaturas, se comunicó de la
existencias de 14 solicitudes de seguridad, en los cuales 8 cuentan con mecanismos de
seguridad; 4 están sujetas a satisfacer requisitos, una en vía de aclaración y una más fue
duplicada, todas esta solicitudes se dieron con corte al día 15 de mayo.

Por su parte, la Secretaria Ejecutiva, en esta sesión ordinaria, dio a conocer los siguientes
informes: En cumplimiento a lo señalado en el Reglamento de Elecciones del Instituto
Nacional Electoral relativo a las encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas
de salida y conteos rápidos no institucionales; Además en cumplimiento a los acuerdos
emitidos por el Consejo General; El tercer informe fue sobre actividades relativas a la
función de la Oficialía Electoral y el cuarto informe versó sobre los medios de impugnación
interpuestos en contra de los actos, acuerdos, omisiones o resoluciones del IETAM y de
las resoluciones emitidas por la Autoridad Jurisdiccional recaídas a dichas controversias.

En lo que respecta a la Sesión Extraordinaria número 33 del Consejo General, celebrada
también esta tarde, el Consejero Presidente, Lic. Juan José G. Ramos Charre, rindió
ante el Pleno del Órgano Electoral el Informe final sobre la verificación de la funcionalidad
de las bodegas electorales en los Consejos Distritales y Municipales, ubicados en el
estado, las cuales tienen el resguardo y salvaguarda de la documentación electoral, como
lo son las boletas, actas y el material electoral que será utilizado en los comicios del
domingo 6 de junio.

El Presidente del IETAM, destacó que el propósito fundamental de estas actividades es
verificar la funcionalidad de las bodegas electorales de los Consejos Distritales y
Municipales, destacando que desde febrero de la presente anualidad, los Órganos
Electorales Desconcentrados de éste Instituto, determinaron los lugares para la
instalación de las bodegas electorales dentro sus inmuebles.

Posteriormente, en el mes de marzo, las respectivas Presidencias informaron sobre las condiciones de equipamiento de la bodega electoral, los mecanismos de operación, así como las medidas de seguridad
contempladas para su adecuado funcionamiento.

Señaló el Consejero Presidente del IETAM que, de conformidad con los Lineamientos
establecidos en el Reglamento de Elecciones del INE, del 1 al 7 de abril, la Dirección
Ejecutiva de Organización y Logística Electoral llevó a cabo la verificación de los lugares
que ocupan las bodegas electorales en las que se resguardarán las boletas, los paquetes
electorales y, en su caso, los materiales electorales, para constatar que se cumplan las
condiciones necesarias de espacio, equipamiento y acondicionamiento.

Por otro lado y durante la misma Sesión Extraordinaria No. 33, las y los Consejeros
Electorales atendieron el Acuerdo mediante el cual se aprobó la sustitución de 17
candidaturas por motivo de renuncia, postuladas por diversos partidos políticos, para los
cargos de elección popular de Diputaciones de Representación Proporcional, Mayoría
Relativa, e integrantes de Ayuntamientos del estado de Tamaulipas, aplicables al Proceso
Electoral Ordinario 2020- 2021.

En esta sesión extraordinaria, se resolvieron como inexistentes por unanimidad de votos
de las y los Consejeros Electorales, tres Procedimientos Sancionadores Especiales (PSE)
en los cuales no se advirtió responsabilidad alguna a los denunciados.

En primer término, sobre el expediente PSE-42/2021, relativo a la denuncia interpuesta
por el Partido Acción Nacional, en contra de la C. Carmen Lilia Canturosas Villarreal, en
su carácter de candidata al cargo de Presidenta Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas;
de la C. Samantha Khiabett Rodríguez Cantú, candidata al cargo de Diputada Local por el
principio de Mayoría Relativa por el 02 Distrito Electoral con cabecera en el citado
municipio; de la persona moral denominada “LG-Productions – La Guardia Live Music”;
así como en contra del Partido Político Morena, por hechos que considera constitutivos de
la infracción consistente en actos anticipados de campaña, estas fueron determinadas
como inexistentes.

Sobre esta Resolución, el Consejero Presidente Lic. Juan José G. Ramos Charre
expuso en primer término que la denuncia se presentó con fecha del 8 de abril por lo que
esta fuera de la etapa de campañas; asimismo, sobre la base de material probatorio que
fue aportado por la denunciante que consiste en ligas electrónicas, se determinó la
inexistencia de la infracción atribuidas a los denunciados por actos anticipados de
campaña, puesto que en las publicaciones no se advierten llamados expresos al voto, ni
se llama a apoyar a determinado candidato o fuerza política.

Tampoco, refirió el Presidente, se advierte que hay expresiones en contra de alguna
opción electoral, lo que se advierte del material probatorio es que se trata de un mensaje
publicitario, toda vez que se dice de manera general que se está en una reunión, de la
cual no se precisa su naturaleza o propósito. Sin embargo, se hace la precisión de que
quien emite el mensaje, es que se pretende resaltar que es proveedor de pantallas Led,
DJ y “sonido confortable”, cuyas frases van encaminadas a ofrecer los servicios de audio,
pantallas e iluminaciones, y no a posicionar alguna plataforma política, tal y como lo
pretende hacer valer el denunciante.

Sobre el expediente PSE-37/2021, iniciado con motivo de la denuncia interpuesta por el
Partido Acción Nacional, en contra del C. Mario Alberto López Hernández, Presidente
Municipal de Matamoros, Tamaulipas y candidato al mismo cargo; del Partido Político
Morena; militantes de ese partido político y/o quienes resulten responsables, por la
supuesta comisión de las infracciones consistentes en promoción personalizada y
contravención a lo establecido en el artículo 241 de la Ley Electoral del Estado de
Tamaulipas, estas fueron declaradas como inexistentes.

Al exponer esta resolución, el Consejero Mtro. Oscar Becerra Trejo señaló que respecto
a las quejas denunciadas, no se advirtió promoción personalizada en la propaganda
gubernamental, sino que se trata de publicaciones periodísticas en diversas páginas de
redes sociales. Además, dijo, no se señala entre otros argumentos, que el denunciado
haya emitido expresiones relativas a procesos electorales, partidos o, en su caso, emita
expresiones en las que solicite el apoyo para un proceso electoral, nique pretenda
desalentar el apoyo respecto a un partido político.

Finalmente, el tercer y último proyecto de resolución del expediente PSE-46/2021, relativo
a la denuncia interpuesta por el Partido Acción Nacional, en contra de la C. Samantha
Khiabett Rodríguez Cantú, en su carácter de candidata al cargo de Diputada Local por el
principio de Mayoría Relativa por el 02 Distrito Electoral, con cabecera en Nuevo Laredo,
Tamaulipas, por hechos que considera contrarios al principio de laicidad y separación
iglesia-Estado; así como en contra de los partidos políticos Morena y del Trabajo, por
culpa in vigilando, éstas fueron declaradas como inexistentes.

Sobre esta resolución, el Secretario Ejecutivo, Ingeniero Juan de Dios Álvarez Ortiz,
argumentó que en esta denuncia no se advierten o no existen elementos sobre la
propaganda denunciada en contra de la candidata sobre la utilización de elementos
religiosos, y en cuanto hace a los partidos políticos se desvanece dicha denuncia por
culpa invigilando, finalizó en su intervención el Secretario Ejecutivo.

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